Elartículo 76.3 de la Ley 7/2005, de 24 de mayo, de la Función Pública de Castilla y León, en relación con el apartado segundo de la Disposición Final Cuarta del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, establece como retribuciones complementarias
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caracteristicas de la comunicacion privada y publica